Estado de alarma - COVID-19


Como sabes, el pasado 14 de marzo, el Gobierno declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. La declaración del estado de alarma, que tendrá una duración inicial de 15 días prorrogables en el Congreso de los Diputados, queda recogida en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
Debido a esta medida, están cerrados al público los locales y establecimientos minoristas, a excepción de artículos de primera necesidad, comercios por internet, telefónico o correspondencia. Así mismo, se permite la entrega de productos adquiridos en comercios por Internet, es decir, el comercio electrónico es una actividad permitida durante el tiempo que dure el estado de alarma.
Esto supone tomar medidas de seguridad sanitaria en centros logísticos y transporte, preparación y en la entrega de los pedidos.
De acuerdo con estas limitaciones, los clientes solo pueden desplazarse para recoger pedidos de alimentación, productos farmacéuticos y de primera necesidad. Por ello, en caso que el cliente fuese a buscar cualquier otro tipo producto, la autoridad competente podrá requerir su vuelta al domicilio.
• Recogida en Correos:
Igual que en el caso anterior, el cliente solo puede desplazarse a recoger el pedido si se refiere a productos de alimentación, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
• Entregas a domicilio:
Respecto a las entregas a domicilio, no parece que exista ninguna limitación sobre la venta de cualquier tipo de producto o comida, sin perjuicio, de las limitaciones legales establecidas para el reparto por motivos sanitarios.




¿EMP ha tomado medidas de seguridad frente a COVID-19?

Sí. Siguiendo las directrices generales de protección establecidas por el Ministerio de Sanidad y estableciendo protocolos de seguridad sanitarios necesarios para la protección de nuestros trabajadores encargados en la preparación de los pedidos y de los clientes que los reciban. Además, EMP ha implementado el sistema de teletrabajo para que nuestros empleados no tengan que hacer desplazamientos innecesarios.



¿Cómo afecta el estado de alarma actual al envío de mi pedido?

Correos es la empresa encargada de la distribución y reparto de nuestros pedidos. El horario laboral de Correos se ha visto reducido debido a esta situación de estado de alarma, por lo que tu pedido puede sufrir algún retraso. Aun así, se ha reforzado la actividad para que tu pedido pueda llegar a tiempo.




¿Actualmente hay retrasos en las entregas?

Para suministrar a nuestros clientes y garantizar la seguridad de nuestros empleados, hemos adaptado nuestros procesos en las áreas de logística, envío, cadenas de suministro y compras. Esto nos permite dar prioridad al almacenamiento y a la entrega de artículos. Como resultado, algunos de nuestros plazos de entrega son actualmente un poco más largos de lo habitual. Puedes ver los plazos de entregas actualizados en la página de cada artículo. Muchas gracias por tu comprensión en esta difícil situación.




¿Puedo ir a recoger mi pedido a la oficina de Correos durante el estado de alarma?

Sí. La relajación de las medidas desde la fase 0 ya permite ir a las oficinas de Correos a recoger pedidos siguiendo las recomendaciones sanitarias anunciadas.



¿Por qué no aparece la opción de pago contrarreembolso?

Debido a la facilidad de transmisión del virus COVID-19, no es posible el pago contrarreembolso para que no haya contacto entre cliente y repartidor a través del dinero y evitar así su propagación.